Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural
Cambio Climático y Transición Ecológica
Val /
Cas
Registro DE SOCIEDADES AGRARIAS DE TRANSFORMACIÓN
DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
SEDE ELECTRÓNICA
Las SAT deben efectuar la tramitación telemática a través de la
sede electrónica de la Generalitat, para lo que obligatoriamente deberán acceder con el certificado
electrónico de la SAT (certificado electrónico de representante de persona jurídica) y que se expide a la
persona física que tiene la representación de la SAT -el/la presidente/a-.
Si la SAT desea conferir apoderamiento a un tercero para que en
su nombre efectúe los trámites antes las Administraciones Públicas, este deberá
estar inscrito en el Registro de Representantes (https://www.accv.es/servicios/registro-de-representantes/), para
lo que es obligatorio acceder con el certificado electrónico de la SAT.
En el caso de que la tramitación la efectúe el/la representante
designado/a por la SAT e inscrito/a en el Registro de Representantes, y con el fin
de acreditar su inscripción en el citado registro y con apoderamiento
suficiente, deberá adjuntar siempre certificado expedido en la fecha en la
que se va a efectuar tramitación telemática.
Es importante indicar en el formulario de datos
generales del procedimiento, en el apartado “Materia”, que la documentación debe dirigirse, en el
supuesto de tratarse de una SAT de la provincia de Alicante o Castellón, a: Sección de
Relaciones Agrarias – Registro de SAT. En el caso de tratarse de una SAT de la provincia de
Valencia, deberá dirigirse a: Registro de
Sociedades Agrarias de Transformación de la Comunidad Valenciana.
En “SERVICIO TERRITORIAL” deberá seleccionar la
correspondiente provincia según sea el domicilio social de la SAT y, en el caso
de tratarse de una SAT con domicilio social en la provincia de Valencia, se
deberá seleccionar la opción “Servicios
Centrales (Dirección General)”
NORMAS PARA EFECTUAR TRAMITACIONES TELEMÁTICAS
1. Ningún fichero que se adjunte al procedimiento puede exceder de 15 mb y el número total de ficheros estará limitado a lo que pudiera resultar de un total de 50 mb.
2. La documentación que se tramite deberá estar firmada en todas las páginas por el/la presidente/a y el/la secretario/a de la SAT.
3.Los certificados de los acuerdos adoptados por la asamblea general -debiéndose indicar el carácter ordinario o extraordinario de la sesión- deben estar expedidos siempre por el/la secretario/a con el visto bueno del/de la presidente/a, debiéndose incluir en la última página el cargo y la identidad de los firmantes. En el supuesto de que los certificados se extiendan en más de una página, deberán firmarse marginalmente por el/la presidente/a y por el/la secretario/a, sin que sea necesario identificar a los firmantes por haberse efectuado en la última página.
4. Con el fin de identificar de forma clara la documentación que se remite y determinar la prioridad del trámite (depósito, legalización, inscripción registral, expedición de certificado registral), se efectuará una sola tramitación según sea el asunto y conforme se indica a continuación:
PROVINCIA DE ALICANTE:
Dirección Territorial de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica
Sección de Relaciones Agrarias-Registro de SAT.
Calle del Profesor Manuel Sala, 2
03003-Alicante
PROVINCIA DE CASTELLÓN:
Dirección Territorial de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica
Sección de Relaciones Agrarias-Registro de SAT.
Avenida de los Hermanos Bou, nº 47-4ª planta
12003-Castellón de la Plana
PROVINCIA DE VALENCIA:
Ciudad Administrativa 9 de Octubre
Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica
Registro de Sociedades Agrarias de Transformación de la Comunidad Valenciana
Calle de la Democracia, nº 77 (Torre nº 1)
46018-Valencia