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Asociaciones Civicas

 

INSCRIPCION EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE ASOCIACIONES VECINALES

    De conformidad con  lo establecido en el Real Decreto 2568/1986 por el que se aprobó el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, art. 236.4 será preceptiva la inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales, de todas aquellas Asociaciones que ejerciten los derechos reconocidos a las mismas en los arts. 232, 233, 234 y 235 de dicho Reglamento; debiendo presentar para tal fin la documentación siguiente:

 

Ø      Estatutos de la Asociación.

Ø     Número de inscripción en el Registro General de Asociaciones. (C/ Historiador Chabas, n. 2 –Valencia-)

Ø      Nombre de las personas que ocupen cargos directivos.

Ø      Domicilio social.

Ø      Presupuesto del año en curso.

Ø      Programa de actividades del año en  curso.

Ø      Certificación del número de socios.

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el art. 236.4 del Real Decreto 2568/1986, por el que se aprobó el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, las Asociaciones inscritas están obligadas a notificar al Registro toda modificación de los datos dentro del mes siguiente al que se produzca. El  Presupuesto y Programa Anual de Actividades se comunicará en el mes de enero de cada año.

NOTA.- Tanto las solicitudes, como la documentación adjunta, deberán ser presentadas a través del Registro de Entrada del M.I. Ayuntamiento de Utiel.

EL SECRETARIO,

JOSE MANUEL GUERRERO ARONA

 

 

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