Mas Vida

Índice de contenidos

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  1. Programa+vida LA GENERALITAT PONE EN MARCHA LA PRIMERA LEY QUE PROTEGE A LAS MUJERES EMBARAZADAS. EL PROGRAMA +VIDA: LA APUESTA DEL CONSELL POR LA MATERNIDAD.

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  3. +vida+ información + cultura de maternidad + familias + puntos de atención ciudadana + futuro + ayudas + atención telefónica + lactancia materna + conciliación + asistencia jurídica + protección a la mujer embaraza + bonos infantiles + bonos guarderías GVNEWS DIGITAL

  4. Programa+vida La Generalitat aprobará una ley que apoye la maternidad y proteja a la madre gestante desde el momento en que acredite estar embarazada. 3 4

  5. Novedades de la nueva Ley de Protección a la Maternidad: En la Comunitat Valenciana un niño cuenta desde el momento de la concepción: adelantamos los beneficios 9 meses. La Generalitat considera que el hijo no nacido es un miembro más de la familia para obtener cualquier beneficio o ayuda. La mujer embarazada cuenta por dos. La Generalitat quiere proteger los 9 meses de embarazo. Quiere proteger tanto a la madre como al hijo. La política social de la Generalitat comienza con la vida. Juan G. Cotino Ferrer Conseller de Bienestar Social y Vicepresidente Tercero del Consell.

  6. Programa+vida +vida 5 6

  7. Iniciativas del Programa 01 Consideración preferente de la mujer gestante en el acceso a las prestaciones y servicios públicos de la Generalitat 02 Valoración de la vida en formación como un miembro más de la unidad familiar en las convocatorias de ayudas de servicios sociales 03 Nuevas deducciones fiscales por maternidad desde el embarazo 04 Creación de nuevos Centros de Atención a la Maternidad (CAM) para informar y asesorar a las mujeres embarazadas 05 Incorporación de la mujer embarazada como beneficiaria de Ayudas a los Planes de Compra o Alquiler de Vivienda de Protección Oficial 06 Concesión de ayudas económicas a la mujer embarazada en riesgo de exclusión social 07 Gratuidad del gasto farmacéutico para las embarazadas menores de edad, en riesgo de exclusión social y con discapacidad 08 Consideración del hijo no nacido como un miembro más a efectos de escolarización 09 Atención educativa domiciliaria para las madres adolescentes 10 Concesión de ayudas a asociaciones que protejan y apoyen la maternidad

  8. Programa+vida 01Consideración preferente de la mujer gestante en el acceso a las prestaciones y servicios públicos de la Generalitat 01.1- Las actividades prestacionales o de servicio público, así como las actividades de fomento que desarrolle la Generalitat o sus entidades vinculadas y dependientes, considerarán y priorizarán la condición de mujer gestante. 01.2- Los ámbitos concretos en los que se considerará la condición de mujer embarazada se establecerán a través de un reglamento, que preferentemente incluirá los servicios sociales, la educación, la sanidad, la vivienda, los transportes y el empleo. 02Valoración de la vida en formación como un miembro más de la unidad familiar en las convocatorias de ayudas de servicios sociales 02.1- La vida en formación computará como un miembro más de la unidad familiar desde que se pueda reconocer su existencia. 02.2- Esta fórmula será de aplicación siempre que se obtenga un mayor beneficio en las convo- catorias de ayudas de carácter social, y únicamente con la presentación del corres- pondiente certificado médico. 7 8

  9. 03Nuevas deducciones fiscales por maternidad desde el embarazo 03.1- Las mujeres embarazadas podrán beneficiarse de una nueva deducción en el tramo autonómico del IRPF. 03.2- Las familias que tengan dos hijos y cuya madre se encuentre embarazada, tendrán la condición de familia numerosa a efectos de la deducción autonó- mica en el IRPF. 04Creación de Centros de Atención a la Maternidad (CAM) 04.1- Se va a crear un Centro de Atención a la Maternidad (CAM) en cada provincia para ofrecer asistencia, apoyo e información a las mujeres gestantes y a los padres y madres. 04.2- En estos centros, profesionales especializados informarán de todos los recursos, evaluarán su situación y asesorarán sobre los derechos, alternativas y recursos de que se pueda disponer. 04.3- Los profesionales también podrán atender a las mujeres gestantes en sus propios domicilios, si fuera necesario.

  10. Programa+vida 05Incorporación de la mujer embarazada como beneficiaria de Ayudas a los Planes de Compra o Alquiler de Vivienda de Protección Oficial 05.1- Subvenciones en materia de vivienda (a adquirentes, inquilinos, promotores de rehabilitación): en la normativa autonómica reguladora del Plan de Vivienda se incluirá al hijo no nacido como un miembro más de la unidad familiar, con lo que se le tiene en cuenta a todos los efectos para determinar el tipo y cuantía de la ayudas que puedan corresponder. 05.2- Viviendas públicas de la Generalitat: los criterios de adjudicación de las viviendas que integran el patrimonio de viviendas públicas de la Generalitat gestionado por el IVVSA están regulados por el Decreto 75/2007, por el que se aprueba el Reglamento de Protección Pública a la Vivienda (art. 152 y siguientes). Se modificará el Reglamento para que se considere al hijo no nacido como un miembro más de la familia, lo que determinará la puntuación a aplicar en la baremación de las solicitudes (art. 158). 9 10

  11. 06Concesión de ayudas económicas a la mujer embarazada en riesgo de exclusión social 06.1- Las mujeres embarazadas que no tienen recursos económicos podrán solicitar una ayuda que recibirán como máximo durante 36 meses y cuyo importe dependerá de su renta así como de los miembros que compongan su unidad familiar. 06.2- Para ello, se considerará al niño no nacido como un miembro más de la unidad familiar. 06.3- De esta manera, una mujer embarazada podrá recibir hasta un máximo de 600 euros mensuales. 06.4- Esta renta estará vinculada al cumplimiento de un plan de inserción social o laboral, según el caso de cada mujer.

  12. Programa+vida 07Gratuidad del gasto farmacéutico para las embarazadas menores de edad, en riesgo de exclusión social y discapacitadas 07.1- La Generalitat financiará totalmente el gasto farmacéutico necesario para la protección de la salud durante el embarazo y hasta los 18 meses de vida del niño 07.2- Esta medida beneficiará a las mujeres embarazadas menores de edad, a las que se encuentren en riesgo de exclusión social o a aquellas que presenten algún grado de discapacidad 08Consideración del hijo no nacido como un miembro más a efectos de escolarización 08.1- Las familias que tengan dos hijos y, que la madre se encuentre en estado de gestación, tendrán la condición de familia numerosa a efectos de escolarización de sus hijos siempre y cuando acredite un certificado médico de embarazo. 08.2- De esta manera podrá acceder a los puntos establecidos por familia numerosa en el Decreto 33/2007 de 30 de marzo del Consell por el que se regula el acceso a los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de régimen general. 11 12

  13. 09Atención educativa domiciliaria para las madres adolescentes Aquellas adolescentes que se encuentren en estado de gestación durante la escolarización obligatoria, podrán beneficiarse del programa de atención educativa domiciliaria, durante el estado de gestación y tras el parto. Además estas adolescentes recibirán un apoyo educativo durante el curso con el fin de alcanzar los objetivos educativos. 10Concesión de ayudas a asociaciones que protejan y apoyen la maternidad 10.1- Se apoyará a las entidades no lucrativas que desarrollen proyectos dirigidos a la protección del derecho a la vida en formación, y a madres y padres durante el embarazo y la crianza 10.2- Las entidades proporcionarán información y asesoramiento sobre los recursos que la Generalitat les ofrece, así como atención psicológica a las madres y padres tanto durante el embarazo, como con posterioridad al nacimiento.

  14. Programa+vida La Ley de Protección a la Maternidadtiene otras novedades: 13 14

  15. Se reconoce el derecho de toda madre gestante a ser informada de manera personalizada y comprensible de todas las ayudas que pueda recibir y que le permitan culminar la gestación. Se informará a la madre gestante tanto de las ayudas para culminar el embarazo como, si lo desea, de los trámites para poder dar su hijo en adopción o acogimiento. Se adecuarán los planes de estudio y de formación tanto a la madre como al padre para facilitar el ejercicio de una maternidad y paternidad responsables. Se crearán cursos de formación específicos para las madres y los padres menores de edad para un buen desarrollo de la crianza. Se atenderá de manera personalizada a las madres gestantes en riesgo de exclusión social o con especiales dificultades, bien por su menor edad o por tener alguna discapacidad. Ellas van a ser las primeras en acceder a estas ayudas. Se impulsará la creación, por primera vez, de redes de voluntariado a través de las distintas líneas de ayudas para dar apoyo a las madres gestantes durante el embarazo y tras el nacimiento. Es una implicación de la sociedad civil, una vez más, con aquellas personas que necesitan de la solidaridad de otros.

  16. +vida

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