¿Qué es  el Jurado?
  ¿Qué personas lo forman? 
  ¿Cómo ser miembro de un Jurado? 
  ¿Tengo derecho a alguna retribución? 
  ¿Quién no puede ser miembro de un Jurado? 
  Qué dice la Ley del Tribunal del Jurado 

  Modelo instancia de excusa a presentar por el interesado 
  Modelo instancia de excusa a presentar por tercera persona 
 

La Ley Orgánica 5/1995 del Tribunal del Jurado, atribuye al Juez Decano del partido judicial correspondiente, la resolución de las excusas planteadas por los ciudadanos elegidos como jurados.

Por ese motivo, el Decanato de los Juzgados de Valencia, para facilitar la información, atención y documentación necesaria en cada caso, ha creado  la Oficina de Atención al Jurado (SAJU), donde te atenderemos de lunes a viernes de 9'00 h. a 14'00 h.

SAJU - Valencia
CIUDAD DE LA JUSTICIA DE VALENCIA

Avda. del Profesor Lopez Piñeiro nº 14, 1º piso
(Antigua Avda. del Saler, junto al Centro Comercial)
46013 - Valencia
Tel:  96  192 70 60
e-mail:
vadesi_009@gva.es

El plazo de presentación de las instancias para excusarse y solicitar la exclusión de las listas de candidatos, es de lunes a viernes, entre los días del 2 al 15 de noviembre de 2.012, ambos inclusive.

El Decanato de los Juzgados de Valencia, por Ley, solamente podrá resolver las excusas planteadas por los ciudadanos elegidos por el partido judicial de Valencia.

Toda instancia y documentación que aportes para solicitar la exclusión, será atendida con carácter personal, de tal forma que, tanto si resulta favorable como si es desfavorable la resolución adoptada, se te comunicará personalmente o por correo certificado con acuse de recibo, comunicándolo igualmente a la oficina del censo electoral para la exclusión definitiva.